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La Agencia Española de Protección de Datos ha facilitado la manera de denunciar llamadas comerciales no deseadas. Con la renovación de su procedimiento, adaptado a la reciente Ley General de Telecomunicaciones, ahora es posible grabar las llamadas spam y presentar pruebas sólidas para actuar contra ellas.
La Agencia Española de Protección de Datos ha dado un paso decisivo para frenar las llamadas comerciales no solicitadas, con un procedimiento de denuncia más ágil y comprensible. El nuevo enfoque se apoya en la posibilidad de aportar una grabación de la conversación como prueba, lo que reduce la ambigüedad y permite identificar de forma fiable a la entidad responsable. El objetivo es que cualquier persona, en su hogar o en un entorno profesional, pueda actuar con rapidez y seguridad.
La simplificación se percibe desde el inicio, ya que el formulario guía al usuario para recopilar los datos esenciales, como el número que llama, la fecha y hora exactas, y cualquier referencia a la marca promocionada. Esta normalización de la información facilita el trabajo de la AEPD, acorta plazos y mejora la trazabilidad de cada caso. Además, el procedimiento contempla tanto la vía electrónica con certificado digital y firma con Autofirma, como la presentación en papel.
El resultado es un sistema más eficaz para disuadir malas prácticas y sancionar infracciones, en especial cuando se incumple la Ley General de Telecomunicaciones. El nuevo marco reconoce que el acoso telefónico afecta a la productividad, a la concentración y a la privacidad, por lo que la denuncia ya no es una carrera de obstáculos. Denunciar no solo protege a quien lo hace, también contribuye a depurar el mercado, ya que las empresas responsables ajustan procesos cuando hay consecuencias claras.
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La AEPD concentra la tramitación en un único punto de entrada, con un formulario especializado que distingue llamadas realizadas tras la entrada en vigor del nuevo marco legal. El asistente solicita la identificación de la empresa promocionada, o permite marcar “Desconocido” cuando no sea posible. También pide un pantallazo del registro de llamadas donde se aprecien número, fecha y hora, además de la línea afectada y la operadora que la presta.
La aportación estrella es la grabación, que se puede adjuntar en formatos comunes, sin necesidad de edición. Se admiten otras evidencias cuando el identificador ha sido falsificado, como correos de confirmación de ofertas o facturas derivadas de la llamada. Para agilizar, la vía electrónica permite identificarse con certificado digital o sistemas equivalentes y firmar la presentación con Autofirma, lo que evita desplazamientos y acelera los plazos de instrucción.
El proceso continúa con un cuestionario para aclarar si existía consentimiento previo, una relación contractual vigente o si se revocó la autorización. Esta información permite valorar la licitud del contacto y encuadrar la conducta. Una vez enviada la documentación, se genera un justificante y se inicia la investigación. Si procede, se requerirá información a la empresa, se aplicará el régimen sancionador y se resolverá en derecho, con transparencia y garantías para ambas partes.
El procedimiento actual toma como base la última reforma de la Ley General de Telecomunicaciones, vigente desde el 29 de junio de 2023, que reconoce el derecho a no recibir llamadas comerciales sin consentimiento, salvo supuestos tasados. Entre las excepciones se contemplan los casos de interés público y las comunicaciones amparadas por una relación contractual previa. Este marco se alinea con el RGPD y la LOPDGDD, lo que refuerza la protección del usuario frente a prácticas intrusivas.
La norma aclara que el consentimiento debe ser verificable y que la revocación ha de respetarse de forma inmediata. Además, introduce obligaciones de diligencia para quienes externalizan campañas, con responsabilidad compartida cuando intervienen call centers. La realidad muestra retos técnicos, como la suplantación del identificador de llamada y la ejecución de campañas desde fuera de España, que complican la trazabilidad, por lo que el nuevo procedimiento enfatiza la necesidad de pruebas sólidas.
La denuncia simplificada responde a este contexto y permite a la AEPD actuar con mayor rapidez y precisión. Al exigir datos mínimos normalizados, y favorecer la prueba audio, se eleva el listón probatorio sin exigir esfuerzos desproporcionados al denunciante. El equilibrio es claro, menos fricciones para denunciar, estándares probatorios más útiles para sancionar y un mensaje al mercado que desincentiva el spam telefónico.
La AEPD ha actualizado sus guías, preguntas frecuentes y formularios para encajar los cambios de la Ley General de Telecomunicaciones en su práctica diaria. La institución distingue con claridad las llamadas realizadas tras el 29 de junio de 2023, que se rigen por el nuevo régimen, y las anteriores, que exigen acreditar inscripción en servicios de exclusión, como la Lista Robinson, con al menos dos meses de antelación. Esta separación evita inseguridad jurídica y agiliza la valoración inicial.
La adaptación incorpora la grabación como evidencia preferente, junto a elementos objetivos, como capturas del registro de llamadas, contratos, facturas y correos. La autoridad insiste en el principio de minimización, por lo que se recomienda aportar solo los datos necesarios, evitando difundir información sensible. Para preservar la integridad, conviene no editar los audios y mantener los metadatos originales, algo que facilita la pericial en caso de duda.
En la vía electrónica, el uso de certificado digital y Autofirma confiere seguridad y no repudio a la presentación, lo que acorta trámites. En paralelo, se mantiene la posibilidad de presentar en papel, útil para quien no dispone de medios digitales. La AEPD, además, canaliza reclamaciones que afectan a operadores nacionales con códigos éticos voluntarios, sin perjuicio del régimen sancionador cuando haya infracciones acreditadas.
El primer paso es preparar el dispositivo para poder obtener una grabación válida. En muchos móviles Android existe función nativa de grabación de llamadas, accesible desde la app de teléfono, aunque puede variar según fabricante y país. En iPhone no hay grabador nativo de llamadas, por lo que se puede recurrir a un servicio de terceros, al desvío a buzón o a un dispositivo externo en manos libres, siempre que seas parte de la conversación.
Antes de iniciar la captura, verifica que la hora y fecha del teléfono estén sincronizadas, ya que facilitarán la correlación con el registro de llamadas. Al terminar, guarda el archivo original sin ediciones, conserva el nombre por defecto o crea uno descriptivo que incluya fecha y hora, y realiza una copia en un almacenamiento fiable, como una nube cifrada o un disco externo. Complementa la prueba con una captura del registro de llamadas donde se vean número, duración y hora exacta.
Con las evidencias listas, accede a la sede electrónica de la AEPD y selecciona la opción de denuncia por llamadas comerciales no solicitadas. Identifícate con certificado digital, DNIe o sistema equivalente, completa los datos solicitados y explica los hechos de forma clara y cronológica. Adjunta la grabación, las capturas y la documentación de tu línea telefónica, acepta la cláusula informativa y firma con Autofirma. Conserva el justificante que se genera al finalizar.
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En España, quien participa en una conversación puede grabarla sin avisar al otro interlocutor, siempre que la use para fines legítimos, como una denuncia ante la AEPD. Es importante no difundir la grabación públicamente y limitar su uso al expediente, ya que contiene datos personales. Si trabajas con un número corporativo, verifica la política de tu empresa para custodiar evidencias con garantías, por ejemplo con cifrado y almacenamiento controlado.
En Android, revisa la app de teléfono por si incluye una opción de grabación integrada, que suele mostrar un botón durante la llamada. Si no está disponible, explora aplicaciones de confianza, respetando los permisos y evitando herramientas invasivas. En iPhone, puedes usar servicios que combinan llamada a un número puente, grabación en la nube y posterior descarga, o recurrir a colocar el teléfono en altavoz y grabar con otro dispositivo.
Para fortalecer la prueba, realiza una captura del registro de llamadas justo después de colgar, donde consten número, hora y duración. Si el identificador aparece como oculto o sospechoso, anota la hora exacta y pide a tu operador un extracto de llamadas salientes y entrantes, que actúa como respaldo. Mantén un pequeño archivo de evidencias con fechas, descripciones y nombres citados en la llamada, y evita editar los audios para preservar metadatos.
La calidad de las evidencias marca la diferencia entre una denuncia eficaz y otra que se diluye por falta de sustento. La pieza central suele ser la grabación íntegra de la llamada, junto con el registro de llamadas del teléfono, que aporta hora y duración. A ello se suman documentos que acrediten la titularidad de la línea, facturas recientes, contratos, o correos que demuestren ausencia de consentimiento o revocación previa.
Si el número aparece oculto o manipulado, conviene aportar un relato detallado con fecha y hora exactas, y solicitar a la operadora un certificado de tráfico si está disponible. Cuando se menciona explícitamente la marca o el producto durante la llamada, anota esas referencias en la descripción de hechos, ya que ayudan a dirigir las diligencias. Evita modificar los audios, conserva los metadatos originales y realiza copias de seguridad verificadas para garantizar integridad.
Para llamadas anteriores al 29 de junio de 2023 la AEPD exigirá pruebas adicionales, como la inscripción en la Lista Robinson con una antelación mínima de dos meses, o comunicaciones de oposición cursadas a la empresa. La clave es demostrar que no existía base legal para el contacto y que tu voluntad de no recibir publicidad era conocida. Con este enfoque, la autoridad puede encuadrar la infracción y aplicar el régimen sancionador con solvencia jurídica.
Las evidencias convierten una molestia subjetiva en un hecho contrastable que se puede investigar, por eso la AEPD prioriza pruebas objetivas. Una grabación clara permite identificar al interlocutor, verificar si se informó la base legal del contacto y detectar técnicas agresivas o engañosas. Las capturas del registro de llamadas y los documentos de la línea refuerzan el contexto y reducen dudas sobre la autoría.
El expediente se apoya en el principio de responsabilidad proactiva, por lo que la empresa debe demostrar que tenía una base legítima para llamar, como consentimiento o relación contractual. Un buen dossier de pruebas facilita esa verificación, acelera la fase de instrucción y mejora la precisión de la resolución. En caso de suplantación del identificador, la combinación de horarios exactos y tráfico de red puede ser determinante.
Sin evidencias, la tramitación se complica y se dilatan los plazos, lo que desincentiva la investigación y debilita la protección. Con evidencias robustas, el procedimiento gana agilidad, las sanciones disuaden reincidencias y se envía un mensaje claro al sector. Mantener una práctica de archivo ordenada, con copias y metadatos preservados, es una inversión mínima que aporta un valor probatorio enorme.
Más allá de denunciar, conviene blindar el teléfono para reducir la frecuencia del spam. Activa el filtro de llamadas de tu operadora y las opciones nativas del sistema, como el bloqueo de números y la identificación de llamadas sospechosas. Configura el modo No Molestar con excepciones, para que solo entren llamadas de contactos o repetidas en un intervalo corto si esperas comunicaciones urgentes.
Regístrate en la Lista Robinson para limitar el uso publicitario de tus datos, y revoca cualquier consentimiento antiguo que ya no tenga sentido. Evita compartir tu número en sorteos, formularios genéricos o redes sociales, y usa números virtuales o extensiones específicas para registros de bajo valor. En entornos profesionales, segmenta líneas por uso, aplica listas negras y configura tu centralita con IVR para filtrar contactos comerciales no deseados.
Si percibes patrones de llamadas insistentes, documenta fechas y horas, y comunica a la operadora posibles casos de suplantación de identidad. Valora el uso de aplicaciones reputadas de identificación de llamadas, siempre con criterios estrictos de privacidad. Educa a tu entorno, en especial a personas mayores y a equipos de recepción, para no facilitar datos sensibles, no confirmar códigos y no pulsar teclas en robocalls, que pueden activar nuevos flujos de spam.
Prevenir es tan importante como denunciar, ya que reduce la superficie de ataque y el tiempo perdido. La combinación de configuraciones del sistema, buenas prácticas de privacidad y una respuesta firme frente a los abusos ofrece el mejor resultado. Estas recomendaciones funcionan tanto en hogares como en empresas, con pequeños ajustes según el entorno.
Con estas medidas, el volumen de llamadas molestas suele descender de forma notable, y cada incidente deja de ser un fastidio para convertirse en una oportunidad de sanción y mejora del ecosistema.
Si las molestosas llamadas spam continúan interrumpiendo tu día a día, en Wifilinks estamos aquí para ofrecerte la asistencia que necesitas. Si quieres entender mejor cómo denunciar estas llamadas de manera efectiva o necesitas asesoramiento sobre protección de datos de tu empresa, no dudes en contactarnos. Recuerda que la nueva normativa puede ser confusa y es crucial actuar rápido para proteger tus derechos. Además, podemos ayudarte a integrar soluciones tecnológicas que mejoren tus sistemas de comunicación y te garanticen un entorno más seguro y eficiente.
No dejes que las llamadas indeseadas afecten tu calidad de vida. Ahora que tienes claro el procedimiento para reportarlas, actúa cuanto antes y asegura tu bienestar. Un solo paso puede marcar la diferencia, así que contáctanos hoy para comenzar a proteger tus derechos de forma efectiva con la ayuda de Wifilinks.
Fuente: sedeaepd.gob.es